Apudepa pide la máxima protección para los restos y el solar del palacio de la Diputación del Reino de Aragón

Seminario Conciliar, edificio construido sobre los restos del palacio de la Diputación. Fotografía CB.  

Apudepa pide que los restos y el solar del palacio de la Diputación del Reino sean declarados Sitio Histórico y lamenta que la Diputación General lo rechace 

La Asociación de Acción Pública para la Defensa del Patrimonio Aragonés, Apudepa, presentó hace unas semanas una instancia oficial solicitando la declaración como Bien de Interés Cultural, en la categoría de Sitio Histórico, de los restos y el solar del palacio de la Diputación del Reino de Aragón. Apudepa recuerda que la categoría de Sitio Histórico está pensada para proteger el valor cultural de los principales depósitos de la memoria aragonesa, y que el antiguo palacio de la Diputación del Reino es uno de los espacios que más merecen ese reconocimiento. Por eso considera incomprensible que la Diputación General haya denegado la solicitud de Apudepa. A juicio de la Asociación, se trata de un acto de desprecio y falta de valoración del pasado político aragonés, especialmente lamentable si se tiene en cuenta que proviene de la institución que se subrogó históricamente en la posición de la Diputación del Reino. Por eso Apudepa ha presentado ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte un recurso de alzada para que se incoe el expediente que debe llevar a la protección del solar.

Apudepa recuerda que, tras los últimos estudios, es conocida la conservación de importantes restos del palacio de la Diputación del Reino, como una serie de bodegas y espacios abovedados. Asimismo, se conoce la existencia de restos arqueológicos en el subsuelo del edificio y la posibilidad de que se conserven otros restos.

En todo caso, el lugar que fue sede de las instituciones forales aragonesas durante más de un cuarto de milenio merece ya por eso mismo la máxima protección legal. Apudepa considera que ya es hora de que Aragón revierta una larga tendencia de olvido hacia los lugares de su memoria histórica y pide a la Diputación General de Aragón que adopte las medidas necesarias, además de para su protección, para adquirir el inmueble y recuperar su uso histórico.

Apudepa, 24 de marzo de 2017.

Criterio de Apudepa en relación con las inmatriculaciones de las iglesias catedral y de La Magdalena

Diversas organizaciones vecinales y ciudadanas se han puesto en contacto con Apudepa para informar a la Asociación sobre la inmatriculación en 1987 de las iglesias catedral de San Salvador y de la Magdalena, sitas en la ciudad de Zaragoza. Las mismas organizaciones han solicitado el parecer de esta Asociación por tratarse de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Aragonés que, además, han sido restaurados con grandes cantidades de dinero público.

En lo que es materia de su competencia, esta organización, que es una institución consultiva de la administración en materia de Patrimonio Cultural Aragonés, desea manifestar lo siguiente:

  • La cuestión sobre la inmatriculación de ambas iglesias plantea un claro problema legal por incumplimiento del artículo 5, apartado 4, del Reglamento Hipotecario aprobado por Decreto de 14 de febrero de 1947 y vigente en 1987, en la fecha de las inmatriculaciones. Dicho precepto prohibía la inmatriculación de “los templos destinados al culto católico”, caso de ambas iglesias.

  • La cuestión planteada versa, por tanto, sobre la legalidad de la inmatriculación, no sobre la propiedad de dichos bienes, aspecto que, en caso de ser problemático (no tiene hoy esta Asociación indicios que permitan asegurarlo), debería ser objeto de otros procedimientos.

  • La cuestión planteada tampoco afecta, como es obvio, a los usos de ambos edificios.

  • La consideración de dichos bienes como Patrimonio Cultural Aragonés en nada afecta a su propiedad, sin perjuicio de las competencias que sobre dichos bienes derivan de ese hecho para las administraciones públicas. Esta Asociación considera importante, en general, que la sociedad pueda distinguir claramente entre el patrimonio entendido como conjunto de bienes materiales y el patrimonio entendido como conjunto de los bienes con valor cultural cuyo depositario último es la Humanidad. Por encima de los derechos y deberes de la propiedad privada se encuentra el derecho de los ciudadanos y de las ciudadanas al disfrute del patrimonio cultural y el deber de la administración de garantizar su conservación.

  • Esta Asociación no puede desconocer el gran esfuerzo inversor realizado por las administraciones públicas en el patrimonio de la Iglesia Católica, de tal manera que es la Iglesia Católica, con toda probabilidad, el propietario que mayor apoyo ha recibido del sector público en materia de conservación y restauración del patrimonio. Pese a ese esfuerzo público, y en lo referido al caso concreto de los inmuebles aquí tratados, la Iglesia no ha correspondido a la ciudadanía con una política suficiente de apertura. Por ello esta Asociación considera que las administraciones públicas deberían exigir de la Iglesia la participación suficiente en la gestión de los bienes intervenidos con dinero público.

Es por todo lo expuesto que esta Asociación concluye:

  • Que existen claros indicios de que la inmatriculación de las iglesias catedral del Salvador y de la Magdalena, en Zaragoza, incumplió la normativa vigente en su momento. Asimismo, la necesidad de que las administraciones públicas puedan participar en la gestión de los bienes en los que han invertido para asegurar el libre acceso y el disfrute público del patrimonio cultural, aconseja que dichas administraciones fortalezcan su posición negociadora.

  • Y, en consecuencia, esta Asociación, sobre lo solicitado por diversas asociaciones vecinales y ciudadanas en general, considera oportuno que las administraciones inicien las acciones judiciales oportunas para asegurar el control de la legalidad de los actos de inmatriculación de las iglesias catedral y de la Magdalena, en la ciudad de Zaragoza.

En Zaragoza, a 18 de marzo de 2017.